Ley N° 6062
Es objeto de la presente Ley crear un instrumento urbanístico que regule el mayor aprovechamiento constructivo de aquellas parcelas donde se genere plusvalía por cambios normativos.
Se aprueba la Ley de Plusvalía Urbana. El objeto de la misma es crear un instrumento urbanístico que regule el mayor aprovechamiento constructivo de aquellas parcelas donde se genere plusvalía por cambios normativos. El mismo consistirá en que quien utilice una constructividad adicional tendrá la obligación de pagar un porcentaje de este plusvalor a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los términos establecidos por la presente.
Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
El Gobierno busca acordar precios de insumos de la construcción
Fuente: Juan Pablo Apud - Impulsonegocios.comConvocó a distintos empresarios del sector con el objetivo de acordar precios de referencia para la obra pública.